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 Corporaciones

¿Por qué una corporación offshore?

Si Usted está buscando protección, confidencialidad y mayor ganancia para su negocio, entonces una opción es la corporación.

Las corporaciones son figuras jurídicas reguladas por la Ley 32 de 26 de febrero de 1927, que permiten a dos o más personas mayores de edad, cualquiera sea su nacionalidad, aun cuando no estén domiciliadas en la República de Panamá, constituir una sociedad anónima para cualquier objeto licito, de acuerdo con las formalidades prescritas en la ley. Las sociedades Offshore permiten el desarrollo de los servicios corporativos internacionales, convirtiendo a la República de Panamá en uno de lo sitios de mayor demanda de este servicio.

Una corporación panameña te brindará:

Cien por ciento de anonimato. Las acciones se emiten al portador, o a nombre de otra corporación o fundación y la Junta Directiva que aparecerá en Registro Mercantil puede ser panameña.

Limita la responsabilidad. Usted sólo responde frente a terceros, en jurisdicción panameña, hasta el importe de las acciones emitidas o suscritas.

Confidencialidad. El accionista es anónimo y Panamá no tiene contrato o acuerdo de intercambio de información con ningún país, por lo tanto, la información se mantiene en reserva.

Incrementa sus ganancias. Las actividades que se realicen fuera del territorio panameño, están exoneradas en un 100% de los impuestos nacionales.

Protección. En caso de riesgos laborales, civiles o demandas de acreedores, el 100% de los activos esta protegido, dado que la sociedad responde sólo con sus bienes sociales.

Administración total de la empresa. Usted recibe un poder general de administración por la Junta Directiva de Panamá, con amplias facultades para operar su negocio.

Mínima inversión, máxima protección. Con una inversión moderada, Usted obtiene una corporación panameña con sus impuestos pagados por un año.

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