SISTEMA TAX-FREE DE DEVOLUCIÓN DE IVA A TURISTAS DE FUERA DE LA UE

 En Fiscal, Tax

¿Eres turista residente en un país que no es miembro de la UE (o de Canarias, Ceuta o Melilla?

¿Eres un comercio que dispone de servicio Tax-free?

Si vas a realizar un viaje dentro de la UE próximamente y vas a realizar compras en comercios o eres un comercio que dispone de servicio Tax-free, te recomendamos que leas este artículo para saber cuáles son los pasos para poder beneficiarte de este servicio de devolución de IVA.

En primer lugar si eres turista residente en un país que no es miembro de la UE (o en Canarias, Ceuta o Melilla) puedes conseguir un reembolso del IVA por las mercancías que hayas comprado durante tu estancia en España (península y Baleares).

Hay 4 condiciones que debes tener en cuenta pare beneficiarte de este servicio:

  1. Las compras se deben realizar en un establecimiento con servicio tax-free (sin límite de compra)
  2. Las compras no deben tener carácter comercial.
  3. El comprador debe salir de la UE en el plazo de 3 meses desde la fecha de adquisición.
  4. No es aplicable a compras de servicios como facturas en restaurantes, de hoteles, o compra de alimentos (por no estar contemplados como productos exportables sino como consumibles).

Si todas estas condiciones anteriores se cumplen, debes hacer los siguientes pasos:

  • El comercio dónde haces la compra debe emitir la factura con IVA desglosado y rellenar el formulario de devolución electrónica DIVA tax free o documento electrónico de reembolso (DER) con los datos del comprador y de la venta.
  • Antes de facturar en el aeropuerto tienes que presentar los formularios de devolución en Aduanas, esto se realiza automáticamente escaneando los documentos en unos terminales táctiles DIVA que se encuentran junto a las oficinas de Aduanas. Dicho formulario dispone de un CSV (Código Seguro de Verificación) que permite ver que la validez se ha realizado correctamente. En el caso de que no haya terminal o de error, el formulario puede ser sellado por el personal de Aduana.

Una vez confirmada la validación/sellado de estos formularios, se puede obtener directamente el correspondiente reembolso en una oficina del operador tax-free (agencias autorizadas por la AEAT, como pueden ser Global Blue o Global Exchange). Estos operadores suelen encontrarse normalmente tras el paso por el control de seguridad.

Hay 2 maneras para recibir el reembolso:

  • En efectivo, para la cuál debes hacer cola en los mostradores de las agencias antes mencionadas.
  • O por tarjeta de crédito, en el que evitarías las colas y el reembolso se realizaría directamente en la tarjeta a los 2 días en el caso de Global Blue, recibirías un mensaje con la recepción de la validación y la orden de reembolso en el móvil.

Estas agencias cobran una comisión por el servicio de reembolso, la cual está controlada por el Ministerio de Hacienda, pero también puede cobrar otras comisiones adicionales por devoluciones en efectivo o en otra moneda.

Si se quieren evitar la comisión, el propio viajero puede hacer la solicitud de devolución a la tienda donde realizó la compra, pero el sistema es más largo, excepto en algunas empresas que han creado sistemas directos de devolución ágiles como por ejemplo Amazon.

Sistema DIVA

También debes tener en cuenta otras cuestiones importantes a la hora de otros sucesos que puedan originarse:

  • Sino has podido solicitar la devolución en el aeropuerto por alguna incidencia que se haya generado, pero se encuentran validados los documentos en DIVA o sellados por Aduana, tienes 4 años para solicitar la devolución, bien por correo al operador tax-free o en un próximo viaje a España). Sin la validación no se tiene derecho al reembolso porque no se puede acreditar la exportación del bien.
  • Si se sale de la UE para otro país dentro de los 3 meses de haber realizado la compra en España, los formularios se sellan en la Aduana de ese último país, no en España.
  • Las compras realizadas por viajeros con residencia habitual en Canarias, Ceuta y Melilla, siempre que salgan del territorio IVA con destino a dichos territorios llevando consigo los bienes adquiridos, pueden recuperar el IVA soportado a su llegada a su Administración Tributaria autonómica correspondiente.

Y para terminar, si eres un comercio con servicio tax-free, te interesará saber lo siguiente:

Recuperarás el IVA devuelto al turista mediante la correspondiente declaración de IVA, pero también debes saber que tienes que devolver el IVA al viajero a través del operador tax-free que le gira una factura a su vez donde comparte una parte de la comisión cobrada al cliente para incentivar el comercio.

La exención de IVA de estas operaciones está regulada en el artículo 9 de exenciones relativas a las exportaciones del Reglamento del IVA aprobado por Real Decreto 1624/1992.

  • Si tu comercio tributa en el Régimen General presenta modelo 303 de IVA:
  1. Primero declara las facturas con IVA
  2. Una vez reembolsado el IVA al turista a través de la operadora o directamente, se revierte la venta y se declara como una exportación.
  • Si, por el contrario, tu comercio tributa en el Régimen Especial de Recargo de Equivalencia del IVA, solicitarás el IVA reembolsado mediante el modelo 308.
 
 
 
Conchi García
Departamento Asesoría Fiscal y Contable
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